Normativa y obligaciones sobre Legionella en Zaragoza

El control de la Legionella en Zaragoza está regulado por una combinación de normativa nacional y autonómica. Estas normas definen qué instalaciones se consideran de riesgo, qué medidas de prevención deben aplicarse y con qué frecuencia deben realizarse las tareas de mantenimiento, limpieza, desinfección y análisis de agua.

Marco normativo básico

A grandes rasgos, el marco normativo se apoya en dos niveles:

  • Normativa nacional, que establece los criterios generales de prevención y control de la Legionella en todo el territorio.
  • Normativa autonómica de Aragón, que desarrolla y concreta algunos aspectos, definiendo requisitos adicionales y procedimientos específicos para la Comunidad Autónoma.
Cultivo de legionella

Normativa nacional: Real Decreto 487/2022

El Real Decreto 487/2022 es la norma básica que regula los requisitos sanitarios para la prevención y el control de la proliferación de Legionella. Entre sus puntos principales destacan:

  • La obligación de realizar una evaluación de riesgo de cada instalación con potencial de proliferación y dispersión de la bacteria.
  • La elaboración e implementación de un Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL), adaptado a cada instalación.
  • La definición de medidas de mantenimiento higiénico-sanitario: control de temperaturas, purgas, limpieza y desinfección periódica, revisión de equipos, etc.
  • El establecimiento de frecuencias mínimas de muestreo y análisis de agua, en función del tipo de instalación y su nivel de riesgo.
  • La obligación de mantener una documentación actualizada con todos los registros de mantenimiento, análisis, incidencias y actuaciones correctoras.

Normativa autonómica en Aragón

En Aragón, la normativa autonómica complementa al Real Decreto y concreta determinados aspectos para las instalaciones ubicadas en Zaragoza y el resto de la comunidad. Entre otros puntos, suele abordar:

  • La clasificación detallada de instalaciones de riesgo en el ámbito autonómico.
  • Requisitos específicos para torres de refrigeración y condensadores evaporativos, incluyendo notificación, registro y controles reforzados.
  • Indicaciones sobre frecuencias de muestreo y análisis en función de la tipología de la instalación y su historial.
  • Procedimientos de comunicación de resultados y actuaciones ante la detección de valores fuera de los límites establecidos.

Es importante que el titular o responsable de la instalación conozca no solo la normativa estatal, sino también las instrucciones y protocolos específicos que aplica la autoridad sanitaria de Aragón.

¿Quién está obligado a cumplir la normativa?

La normativa de prevención y control de Legionella se aplica a una amplia variedad de instalaciones. De forma simplificada, están obligados a cumplirla:

  • Comunidades de propietarios con sistemas de agua caliente sanitaria y acumuladores de cierta capacidad.
  • Hoteles, albergues y alojamientos turísticos con redes de distribución extensas o zonas de bienestar (spa, jacuzzi, etc.).
  • Gimnasios, centros deportivos y piscinas climatizadas donde se generan aerosoles de agua.
  • Centros sanitarios, clínicas y residencias de mayores, especialmente sensibles por el tipo de usuarios.
  • Industrias con circuitos de agua, torres de refrigeración u otros equipos con riesgo de aerosolización.
  • Torres de refrigeración y condensadores evaporativos de edificios de oficinas, centros comerciales u otras instalaciones.

Obligaciones básicas de titulares y responsables

Aunque cada instalación puede tener particularidades, las obligaciones generales suelen incluir:

  • Realizar una evaluación de riesgo inicial y actualizarla cuando se modifique la instalación o cambien las condiciones de uso.
  • Diseñar y aplicar un programa de mantenimiento higiénico-sanitario que contemple control de temperaturas, purgas, limpieza y desinfección periódica.
  • Llevar a cabo muestreos y análisis de agua con la frecuencia establecida por la normativa y según el nivel de riesgo.
  • Registrar de forma ordenada todas las actuaciones de mantenimiento, resultados analíticos e incidencias, conservando la documentación durante los plazos establecidos.
  • Adoptar medidas correctoras cuando se detecten desviaciones o valores no conformes, documentando el origen del problema y las actuaciones realizadas.
  • Contar, cuando proceda, con la colaboración de empresas y laboratorios especializados que estén debidamente autorizados o acreditados.

Cumplir con la normativa no solo es una obligación legal, sino también una garantía para la salud de las personas que utilizan las instalaciones y una forma de reducir el riesgo de sanciones, cierres temporales o daños reputacionales derivados de posibles brotes de Legionella.